
Este pedido se hace por las recientes acciones municipales que desconocen trámites iniciados antes del fallo del Tribunal Constitucional (TC).
El Colegio de Arquitectos del Perú (CAP) considera necesario pronunciarse ante la “incertidumbre” que se ha creado en algunas entidades como resultado de la Sentencia N° 302-2023 emitida por el Tribunal Constitucional (TC) en el proceso competencial seguido por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Distrital de Barranco contra el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS).
A través de un comunicado, la institución manifiesta que se debe proceder como indica las normas en materia de Vivienda de Interés Social “VIS” aprobadas mediante el Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación emitidas por el MVCS (DS 010-2018-VIVIENDA y sus modificatorias).
“La sentencia del Tribunal Constitucional NO ES RETROACTIVA, por tanto, las licencias de edificación emitidas con anterioridad a la referida norma son válidas”, señala el Colegio de Arquitectos del Perú.
“Tal como lo establece la sentencia del TC; la zonificación, el planeamiento urbano y la determinación de la altura máxima de las edificaciones son competencias exclusivas de las Municipalidades Provinciales, por tanto, exhortamos a las autoridades de las municipalidades provinciales a nivel nacional que formulen y/o concluyan cuanto antes estos instrumentos normativos, que permitirán la ejecución de proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS) en sus jurisdicciones”, agrega el CAP.
También mencionan que es “preocupante” la creciente inestabilidad jurídica que han provocado las acciones de algunas municipalidades distritales que han llegado a suspender licencias otorgadas y paralizar obras, afectando la seguridad jurídica de la inversión inmobiliaria e incluso, perjudicando a terceras personas que adquirieron de buena fe sus viviendas.
El Colegio de Arquitectos del Perú solicita a las autoridades de las municipalidades distritales que hayan emitido tales disposiciones normativas o administrativas, que las dejen sin efecto, en aras de mantener el orden constitucional.
Por último, la institución manifestó “la necesidad de promover los proyectos sociales VIS y, sobre todo, ampliar su ámbito de acción impulsando la Vivienda de Interés Social Prioritario, que atendería al sector D y E de la población”.